Un daño en una nave, una discusión con el seguro o un defecto de construcción suelen acabar con la misma pregunta: ¿quién lo demuestra? Un informe pericial es el documento técnico que describe los hechos, analiza sus causas y valora sus consecuencias con criterio profesional e imparcial. Te contamos cuándo hace falta y qué debe incluir.
Qué es un informe pericial
Es un dictamen elaborado por un técnico competente, en este caso un ingeniero, que examina una situación concreta (un siniestro, una patología en un edificio, el funcionamiento de una instalación) y emite conclusiones razonadas. Puede servir para negociar con una aseguradora, reclamar a un tercero o aportarse como prueba en un procedimiento judicial.
Situaciones en las que suele hacer falta
Los casos más habituales son los daños tras un incendio, una inundación o una avería eléctrica; grietas, humedades o defectos en edificios y naves; instalaciones que no rinden lo prometido, como una instalación fotovoltaica; desacuerdos sobre la valoración de un siniestro; y conflictos entre propietarios, constructores y comunidades de vecinos. También se encargan informes preventivos para conocer el estado de un inmueble antes de comprarlo o de reformarlo.
Qué debe incluir un buen informe
Un informe bien hecho identifica el objeto y el encargo, describe la metodología y las inspecciones realizadas, incorpora mediciones, fotografías y documentación de apoyo, razona las causas con base técnica y normativa, y termina con conclusiones claras y, si procede, una valoración económica de los daños o de la reparación. Debe estar firmado por un técnico competente y redactarse de forma que lo entienda alguien que no es ingeniero.
Consejos antes de encargarlo
Avisa cuanto antes al perito, porque conviene documentar el estado de las cosas antes de reparar o retirar nada. Reúne contratos, facturas, partes del seguro y fotografías previas, y define con claridad qué quieres demostrar. Si el informe va a utilizarse en un juicio, pregunta cómo se ratifica ante el juzgado y qué plazos hay que respetar.
Nota: información orientativa de carácter general que no constituye asesoramiento jurídico.